El proyecto de reforma jubilatoria se vota en Diputados
El texto que ahora pasó al Plenario de Diputados, tuvo varias modificaciones luego de las negociaciones que se dieron entre el gobierno y los partidos Colorado y Cabildo Abierto.
Los diputados de la coalición de gobierno aprobaron la semana pasada el proyecto de ley de reforma jubilatoria en la comisión especial de la Cámara de Representantes.
Entre los puntos que se modificaron, están los años que se toman para el cálculo de la jubilación, que a pedido de Cabildo Abierto pasó de 25 a 20 años. También, que se dejó para tratar aparte lo referente a las inversiones de las AFAP en el exterior, los regímenes voluntarios y complementarios, y lo relacionado a la agencia reguladora.
En cuanto a los cambios que se dieron por propuesta del Partido Colorado, está la posibilidad de una jubilación efectiva a los 63 años con 38 años de servicio, 64 años y 35 de servicio, y 65 años y 30 de servicio.
La segunda propuesta es un pasaje escalonado entre el régimen actual y el nuevo que se pretende instalar. Los nacidos en 1973 se jubilarán con 61 años, los nacidos en 1974 con 62, los nacidos en 1975 con 63, los nacidos en 1976 con 64, y los nacidos en 1977 con 65 años.
La tercera propuesta tiene que ver con la reducción del Impuesto a la Asistencia de la Seguridad Social (IASS). Actualmente, la alícuota más baja es de 10%. Quienes cobran hasta 8 BPC (45.280 pesos) mensuales están exentos de pagar el impuesto. En tanto, quienes cobran de 8 a 15 BPC (hasta 84.900 pesos) tributan el 10%. En 2024 ese valor pasará a ser de 8% y de 6% en 2025. En este período de gobierno, la reducción del IASS será del 20%.
Luego de pasar por el Senado y antes de estas dos negociaciones, el Poder Ejecutivo había presentado otros cambios que tienen que ver con asimilar la propuesta de pensiones de sobrevivencia al régimen actual; reducir cantidad de años de matrimonio, considerando años de concubinato, en las pensiones de viudez; aumento de la pensión por incapacidad severa; reducir el tiempo exigido de requisito temporal de residencia para adquirir el subsidio de asistencia a la vejez; entre otros.