«Las cosas se van poniendo en su lugar»
En las últimas horas se sumó un nuevo capítulo a la situación absurda, del sábado 5 de octubre cuando en el inicio del Torneo Oficial de la Liga Rochense de Fútbol se le cobró entradas a todos los periodistas, incluso a aquellos que tenían el carnet de libre acceso de OFI, que nosotros conociendo la reglamentación nos negamos a pagar y denunciamos el hecho ante la propia Organización del Fútbol del Interior.
A continuación compartimos la respuesta que llegó a nuestra mesa de trabajo por parte de OFI;
Estimado Daniel Altez
Reenvío respuesta dada a su inquietud, con copia a la Liga Rochense. De la propia reglamentación surge la obligatoriedad de la admisión del Carné de Libre Acceso expedido por OFI, en los torneos locales. Y el Carné de Prensa es una de las 4 categorías del Carné de Libre Acceso.
Copio en respuesta lo que establece el Reglamento General con relación al Carné de Libre Acceso…
c) Carné de libre acceso de OFI
- El carné de Libre Acceso de OFI es creado por disposición del congreso y tramitado por las oficinas de la organización y habilita para el acceso a todos los partidos oficiales organizados por Ligas, Sectores y Confederaciones, en la órbita de la organización.
- La admisión del Carné de Libre Acceso de OFI es obligatoria por parte de todas las Ligas, Sectores y Confederaciones, en la órbita de la organización.
- Los Carnés de Libre Acceso tendrán vigencia anual (un año desde su trámite).
- El Carné de Libre Acceso de OFI será tramitado de acuerdo con las siguientes categorías:
Categoría 1: miembros del Consejo Ejecutivo, Tribunal Arbitral, Consejo Fiscal, neutrales de las Confederaciones, Sectores y Ligas.
Categoría 2: Consejos Técnicos, Instructores y funcionarios rentados de OFI, funcionarios rentados de Sectores y Ligas.
De Honor: será concedido a las personas que hayan prestado servicios distinguidos a la organización.
De Prensa: será concedido a las personas que cumplan funciones como periodistas deportivos.
- De los requerimientos. Para obtener un Carné de Categoría 1 o Categoría 2 se requiere foto carné reciente y presentación de documento de identidad. Los receptores del carné deben estar en funciones. Para obtener un Carné de Honor se requiere foto carné reciente, presentación de documento de identidad y haber recibido una Distinción de Honor. Para Carné de prensa se requiere foto carné reciente, presentación de documento de identidad y nota membretada del medio detallando la tarea de cada persona.
- De las condiciones y limitaciones de uso de los Carnés Categoría 1 y 2. Solo los receptores de un Carné de Libre Acceso de Categoría 1 tendrán habilitación para acceder al palco oficial.
- De las condiciones y limitaciones para los medios periodísticos. Los medios periodísticos que tengan como única base de función las redes sociales y cuenten con publicaciones dentro de los 2 (dos) últimos meses desde la solicitud no podrán solicitar más de 1 (un) carné de prensa por medio. Los medios periodísticos que tengan como única base una página de internet con dominio propio, esta debe tener una antigüedad mayor a 6 (seis) meses y debe contar con publicaciones dentro de los 2 (dos) últimos meses desde la solicitud. No podrán solicitar más de 2 (dos) Carnés de prensa por medio. Los medios periodísticos que tengan redes sociales y dominio propio deberán asimismo cumplir las anteriores condiciones y podrán solicitar hasta 3 (tres) Carnés de prensa. Los medios cuya actividad se desarrolle dentro de los medios televisivos y radiofónicos deberán estar registrados en URSEC. Estos no contarán con limitaciones en la cantidad de Carnés de prensa. Los medios de prensa escrita deberán haber presentado declaración jurada frente al Ministerio de Educación y Cultura. Estos no contarán con limitaciones en la cantidad de Carnés de prensa. Los Clubes y Ligas podrán solicitar hasta 1 (un) Carné de prensa con destino a la promoción de sus actividades.
- La calidad y forma del contenido para definir las condiciones referidas en el Num. 7 será evaluada por las oficinas de la organización. El Consejo Ejecutivo de la organización podrá autorizar la emisión de Carnés de prensa a medios que no cumplan con condiciones referidas en el Num. 7 mediante decisión fundada. El Consejo Ejecutivo de la organización podrá denegar o anular cualquier carné de libre acceso.»
Dejo a continuación el enlace al Reglamento publicado en la página web de la Organización…
Sección XVI – Disposiciones varias – Estatuto y Reglamentos
Además, pongo en copia de esta respuesta a la Liga Rochense de Fútbol.
Atentamente,

“Las cosas se van poniendo en su lugar”, eso sí, nadie se hace responsable, nadie reconoce el error, todo lo contario, para taparlo, intentaron censurarnos, atacaron vilmente la libertad de prensa, pero ese será otro capítulo del que nos encargaremos en pocos días.




