Se anunció una reducción del precio de los combustibles a partir de junio

Los ministros de Industria, Energía y Minería, Fernanda Cardona, y de Economía y Finanzas, Gabriel Oddone, anunciaron en conferencia de prensa los valores de los combustibles que regirán a partir del 1º de junio.
Para el gasoil, se definió una variación a la baja de 2,39 pesos por litro, por lo que el precio se reducirá de 49,42 a 47,03 pesos. El valor de la nafta (súper) disminuirá 0,07 pesos, por lo que se reducirá de 78,54 a 78,47 pesos. En tanto, para el supergás, no habrá variaciones.
Nuevas precisiones a la metodología de fijación de precios
Cardona citó el artículo 235 de la ley número 19.889, conocida como Ley de Urgente Consideración (LUC) que establece que Poder Ejecutivo actualizará con una periodicidad máxima de sesenta días los precios de venta al público de los combustibles. En ese sentido, dijo que a partir de julio los valores se anunciarán según los bimestres de calendario.
Agregó que se continuará tomando como referencia el promedio del precio de paridad de importación (PPI) para la fijación del precio de los combustibles que es publicado por la Unidad de Regulación de los Servicios de Energía y Agua todos los meses.
Más adelante, Cardona anunció que el actual gobierno retoma la implementación del factor de estabilización sobre el PPI, que el gobierno anterior había dejado de reportar en 2021. El objetivo es presentar “reglas claras para que se sepa cómo se compone la fijación de precios”, sostuvo. Ese monto será de 1,5 pesos por lo que resta del año, y será revisado de forma anual.
“Esto no es para hacer caja, para hacer dinero, sino para que la canasta de energéticos se equilibre” y poder mantener, por ejemplo, el subsidio al supergás, fundamentó.
Oddone, por su parte, complementó afirmando que el Poder Ejecutivo introduce una regla predefinida con límites que permite “suavizar” los efectos de la volatilidad del mercado energético.
Según esta metodología, la tarifa se ajustará siguiendo la referencia (PPI más factor de estabilización), pero con un límite máximo de ajuste del 7%, a los efectos de mitigar la repercusión de la volatilidad internacional sobre el mercado local y sobre el precio que se le cobra al público.