Gobierno extiende el beneficio de reducción total del IVA para turistas no residentes
El Poder Ejecutivo manteniendo su visión de que la actividad turística aún se encuentra en proceso de recuperación, y teniendo en cuenta la coyuntura regional e internacional, ha decidido mantener esta herramienta de promoción y mejora de la competitividad internacional del destino Uruguay.
La normativa establece que se reduce en su totalidad la tasa del Impuesto al Valor Agregado aplicable a las operaciones comprendidas, siempre que los adquirentes sean personas físicas no residentes y en tanto sean abonadas mediante tarjetas de débito o crédito, emitidas en el exterior o mediante pago con transferencia electrónica de fondos provenientes del exterior, siempre que intervenga un adquirente o una entidad de cobranza, residente en territorio nacional.
Operaciones comprendidas:
A) Servicios gastronómicos, cuando sean prestados por restaurantes, bares, cantinas, confiterías, cafeterías, salones de té y similares, o por hoteles, moteles, apart hoteles, hosterías, estancias turísticas, hoteles de campo, granjas turísticas, posadas de campo, casas de campo y camping hostels, siempre que dichas prestaciones no integren el concepto de hospedaje.
B) Servicios de catering para la realización de fiestas y eventos.
C) Servicios para fiestas y eventos, no incluidos en el literal anterior.
D) Arrendamientos de vehículos sin chófer.
Este beneficio se extiende hasta el 30 de abril de 2026.




