Un hombre fue condenado a dos años y medio de prisión por abigeato
Relacionado con denuncia del año 2021, la justicia condenó a un hombre que en aquel momento fue formalizado, como autor penalmente responsable de un delito de abigeato con un delito de expedición de guía falsa y un delito de abigeato especialmente agravado en régimen de reiteración real.
El día 16 de enero de 2021, luego de un trabajo previo y coordinaciones varias realizadas por la Brigada Departamental de Seguridad Rural, se recibió comunicación desde DI.CO.SE., informando que se habían constado irregularidades en la documentación presentada tras el ingreso de un camión con 21 vacunos provenientes de la 9na. Sección de Rocha al local de feria de la localidad de José Pedro Varela, Departamento de Lavalleja.
En mérito a lo que antecede se concurrió a dicha ciudad, constatando allí la existencia de los animales, de los cuales 17 no pertenecían a quien había efectuado la negociación.
Se efectuaron diversas averiguaciones y distintas actuaciones, lo que permitió ubicar a algunos de los legítimos propietarios de los vacunos, que reconocieron a 11 de los animales, y posteriormente efectuaron la denuncia respectiva.
Enterada en aquella oportunidad la Fiscal del caso, dispuso diversas diligencias, incluyendo el emplazamiento de la persona indagada por estos hechos.
Las actuaciones continuaron en el ámbito judicial, donde la Justicia dispuso su formalización por la presunta comisión de “un delito de abigeato especialmente agravado y un delito de expedición de guías falsas en concurrencia fuera de la reiteración”, imponiéndole medidas limitativas por el plazo de 90 días.
Continuando con las actuaciones, el 3 de mayo de este año se recibió nueva orden de detención para esta persona, lo que se cumplió. Finalizadas las instancias en el ámbito judicial, la Justicia Letrada de 2do. Turno de Chuy dispuso la condena de F.P.T., de 35 años, como autor penalmente responsable de “un delito de abigeato con un delito de expedición de guía falsa y un delito de abigeato especialmente agravado en régimen de reiteración real” a la pena de dos años y seis meses de penitenciaria, con descuento de la preventiva cumplida.