La Justicia dispuso la condena de un ciudadano cubano como responsable de suministro

Como fuera informado oportunamente, el 14 de febrero de 2025, en el marco de la denominada “Operación Perico”, personal policial efectuó un allanamiento en una casa sita en calle Oficial 5to., donde se incautó dinero en efectivo y varios envoltorios con sustancia blanca. En el lugar fueron detenidos tres hombres de 62, 40 y 26 años, y una mujer de 36 años.
Simultáneamente, se efectuó otro allanamiento en una finca sita en calle Morosoli, donde fueron detenidos un hombre de 34 años y una mujer de 39 años, y fueron incautados objetos producto de hurto, una valija con varios teléfonos celulares, una cartera y dos estuches que contenían dinero de baja denominación.
En otra vivienda sita en calle Carlos Reyles fueron detenidos un hombre de 30 años y una mujer de 23 años, y se incautó un celular.
En aquella oportunidad, la Justicia dispuso la formalización de Y.M.F, cubano, de 40 años, por la presunta comisión de un delito de violación al Art. 31 del Decreto Ley 14294 en la modalidad de negociación de sustancias estupefacientes, imponiéndole prisión preventiva por el plazo de 120 días, y la condena de M.K.S.L., de 39 años, poseedora de antecedentes penales, como autora penalmente responsable de un delito de violación al Art. 31 Decreto Ley 14.294 en la modalidad de negociación de sustancias estupefacientes a la pena de dos años y cuatro meses de penitenciaria, en el marco de “Proceso Abreviado”, y cese de detención de los restantes, con excepción de R.W.M.M., de 30 años, poseedor de antecedentes penales, que fue investigado por otros ilícitos, y condenado por un delito de hurto especialmente agravado en régimen de reiteración real por la pluriparticipación, con un delito de tráfico interno de municiones a la pena de quince meses de prisión efectiva, en el marco de “proceso abreviado”.
Posteriormente, se logró la obtención de elementos de prueba relevantes respecto a una de las personas que estuvo detenida y había recuperado su libertad, y que estaba vinculada a una de las bocas de venta investigadas.
Tras su detención y conducción a sede judicial, la Justicia dispuso la condena de F.E.G.P., de 19 años, poseedor de antecedentes penales, como autor penalmente responsable de un delito continuado de suministro de sustancia estupefaciente en reiteración real con un delito de tráfico interno de municiones a la pena de dos años de penitenciaría, en el marco de “proceso abreviado”.
Continuando con las actuaciones, en una nueva instancia efectuada en el ámbito judicial, se resolvió la situación de la persona que cumplía prisión preventiva, por lo que tras las instancias respectivas, la Justicia Letrada de 6to. Turno de Rocha dispuso la condena de Y.M.F, cubano, de 41 años, como autor penalmente responsable del delito previsto en el Art. 34 del Decreto Ley 14294 y normas concordantes en la modalidad de suministro a la pena de dos años y un mes de penitenciaria que se cumplirán en Régimen de Prisión Efectiva, en el marco de “proceso abreviado.